En mérito de lo anterior, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE medida cautelar de embargo preventivo en la presente causa interpuesta por ALCALDIA DEL MUNICIPIO SANTA BARBARA DEL ESTADO MONAGAS, contra SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES ALVAZUL, C. A.
SEGUNDO: ACUERDA medida cautelar de embargo preventivo sobre bienes ó cantidades de dinero suficientes propiedad de SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES ALVAZUL, C.A hasta por la cantidad de OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS BOLIVARES CON CUATRO CENTIMOS (Bs. 858.796,4) monto este que representa el doble de las cantidades señaladas en el libelo.
Publíquese, Regístrese, Notifíquese.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado.....