DECISION
En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 185 del Código Civil, declara "CON LUGAR" la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: ABRAHAN RAFAEL GRANADILLO CORDERO y ORLYMAR CAROLINA BRAVO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-7.574.510 y V-12.570.255, respectivamente.
En consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 08 de Diciembre de 1997, por ante Registro Civil de la Parroquia Joaquín Crespo, Municipio Girardot, Estado Aragua, según acta Nº 857, de estas actuaciones.
Liquídese la comunidad conyugal en caso de existir b.....