D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos: LINDA ROCIO AVILAN MENDEZ y CARLOS JOSE OROPEZA ARIAS, identificados con las cédulas de identidad Nros. V-13.769.279 y V-18.266.511 respectivamente, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día diecinueve (19) de Enero de 2018; según se evidencia de Acta que corre inserta en los libros de Matrimonios llevados por ante el Registro Civil del Municipio José Feliz Rivas del Estado Aragua; asentada bajo el N° 003, Tomo 01, Año 2018, Folio 003., con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia .....