DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas Sección Adolescentes, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: Se decreta Medida Detención para asegurar la comparecencia a la Audiencia Preliminar de conformidad con lo establecido en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente al joven IDENTIDAD OMITIDA Por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, tipificado en el artículo 406 Ordinal 1° del Código Penal Venezolano, en perjuicio de ANTONIO JOSE MENESES. Se deja constancia que el prenombrado adolescente permanecerá recluido en la Entidad Socio Educativa General José Francisco Bermúdez. En relación a la solicitud de la Defensa sobre lo ilegitimo de este acto de oída de imputado pues; no mediaba o.....