Por las razones expresadas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de garantizar una efectiva administración de justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS DEL ACTO ADMINISTRATIVO, contenido en la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo N°158/2009 de fecha 01/06/2009, emanada de la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda realizada por los abogados Eduardo Martínez Díaz y Taormina Cappello Paredes titulares de las Cedulas de Identidad Nº 4.276.935 y 7.236.035 e inscritos en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 30.523 y 28.455 respectivamente, en su carácter de apoderados especiales de la Contribuyente MULTIPLACAS CASA DE BOLSAS, C.A