Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES (PROCEDIMIENTO ORDINARIO), incoara BANESCO, BANCO UNIVERSAL, C.A., contra la sociedad mercantil la sociedad mercantil DISTRIBUIDORA LUCKY CANDY C.A., y la ciudadana HAIDELIZ BELÉN GARCÍA GIL, todos identificados en autos DECLARA: Se DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO, efectuado por la parte actora en los mismos términos en ella establecidos, de conformidad con lo establecido en los artículos 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil.-