Estando dentro de la oportunidad indicada para que se lleve a cabo la prolongación de la Celebración de la Audiencia Preliminar hicieron acto de presencia las partes quienes con la anuencia del Juez han llegado a una Medicación Positiva de conformidad con lo estípulado en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en consecuencia, visto el pago se ordena la culminación de la presente Causa, y se ordena su archivo.