DECISIÓN
Por la motivación que antecede, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: ADMITE la acción de amparo constitucional autónomo, y ordena la citación mediante boleta al presunto agraviante, ciudadano DIOSDADO CABELLO, Gobernador del Estado Miranda, y la notificación al ciudadano Fiscal del Ministerio Público, para que concurran al Tribunal y se informen del día en que tendrá lugar la audiencia oral y pública, la cual será fijada dentro de las noventa y seis (96) horas a partir de la última de las notificaciones ordenadas, anexándoles copias certificadas del escrito y del auto de admisión. Librese Boleta y Oficio de notificación respectivo.-
SEGUNDO: Declara IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por el ciudadano JOSE DEL CARMEN OBERTO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 904.303, .....