este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio constituido con el carácter Unipersonal del Circuito Judicial del Estado Monagas, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: Primero: La absolución de los acusados Jesús Eduardo Bello Marcano y Cesar José Bello Marcano, plenamente identificados ut supra, de la comisión del delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal vigente, en perjuicio de la ciudadana: Gladel Josefina Badaraco Mejías, Segundo: Se revoca la medida cautelar sustitutiva de la privación judicial preventiva de la libertad que le había sido aplicada a los predichos acusados en fecha 18/01/2007, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de esta misma dependencia judicial, por consiguiente se ordena su libertad sin ningún tipo de restricciones.