En razón de ello, este Tribunal Primero de Juicio del Estado Monagas, luego de revisar la presente causa, considera que lo procedente y ajustado a Derecho es DECLARAR CON LUGAR la solicitud de la Defensora Pública Octava Penal y ORDENAR LA RECLUSION de la ciudadana DORELICE MONASTERIO ROJAS, en el centro de Rehabilitación de Mujeres (Iglesia Apostólica) VIA DE ESCAPE, ubicada en la Calle Sucre, con calle Azcue a dos cuadras del periódico El Oriental, casa N° 112, Maturín Estado Monagas, por el tiempo necesario.-
Advirtiéndose que en caso que la ciudadana DORELICE MONASTERIO ROJAS egrese del mencionado Centro de Rehabilitación antes de la realización del Juicio Oral y Público, se revisará nuevamente su reclusión en la Comandancia General de la Policía del Estado Monagas.-