Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio de la Sección para la Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Actuando como Tribunal Unipersonal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: ABSUELVE, al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA ART 545 LOPNNApor no haberse demostrado en el debate Oral y Privado, la participación o autoría en los hechos por los cuales fue acusado por el delito de HURTO SIMPLE, previsto en el articulo 451 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano LUIS ENRIQUE MIRANDA, de conformidad a lo establecido en el artículo 602 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente en su literal "e", que establece que Procederá la absolución cuando la sentencia reconozca NO HABER PRUEBA DE LA PARTICIPACIÓN del acusado, aunado al principio de INDUBI.....