Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES fue instaurado por BANESCO BANCO UNIVERSAL, C.A., contra la Sociedad Mercantil LA NUEVA CASA DE LA MADERA, C.A., representada por el ciudadano RAMON ERNESTO FELIZOLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.268.975. Se ordena la devolución de los originales.-