éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor la ciudadana: SUMOZA DE PEREZ CARMEN VICTORIA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-2.505.196, sobre unas bienhechurías, levantadas en un Lote de terreno de propiedad Municipal con una extensión de terreno que mide: CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS (55,80mts2) ubicado En Callejón Nro. 08 Casa Nº 1-B, Sector los Colorados, Parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 6,00 Mts. Con casa de la familia Sumoza; SUR: En 6,00 Mts. Con Parcela Nº 03; ESTE: En 9,30 Mts. Con casa de la familia Sumoza; OESTE: En 9,30 Mts. Con casa de la Familia Flores, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase.