Por todas las razones anteriormente expuestas y con fundamento en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JUAN VICENTE MONROY ROJAS, y condena a la demandada, PROTECCIÓN INDUSTRIAL C.A. (PROINCA), hecha la deducción del adelanto recibido, a pagar la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS BOLÍVARES CON CUATRO CENTIMOS (Bs. 1.509.826,4) por concepto de diferencia de prestaciones sociales, utilidades fraccionadas, vacaciones y bono vacacional fraccionado. Se condena a la demandada al pago de las costas, por haber resultado totalmente vencida. Se le advierte a la parte demandada que de no cancelar las sumas condenadas continuarán causándose intereses de mora e indexación conforme lo prevé el artí.....