D E C I S I O N
Por todo los razonamiento antes expuesto, este Juzgado del Municipio Mariño del Estado Aragua, Administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por el ciudadano JULIO REYES CARDOZO RENGIFO en contra del ciudadano GIOVANNY TORRES OCHA, plenamente identificados en autos por improcedente y SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano GIOVANNY TORRES OCHA, en contra del ciudadano JULIO REYES CARDOZO RENGIFO plenamente identificados en autos, en consecuencia de lo decidido, se ordena al ciudadano JULIO REYES CARDOZO RENGIFO entregar de forma inmediata el inmueble ubicado en el Sector Samán de Guere, Calle Nuevo Mundo N.°15 Parroquia Samán de Guere, del Municipio Santiago Mariño del Estado Aragua, cuyo linderos son: Norte: Casa y solar que es o fue de la señora Matilde de D´ Santos, SUR: Casa o solar que es o fue Domingo Acero. Este: Casa .....