OTORGA LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO al penado GILDOWER SILVA SIERRA, Cédula de Identidad N° 13927940, venezolano, de 30 años de edad, nacido el 10-04-1977, natural de San Antonio del Táchira, hijo de Fermín Silva y Marina Sierra, Estado Lara, soltero, de profesión u oficio chofer, residenciado en Ureña, Urb. La Integración , calle 5ª, casa N° 39, sector 3, Estado Táchira, actualmente cumpliendo el beneficio de Destacamento de Trabajo, en el centro de pernocta del Centro Penitenciario de Occidente, a la orden de este órgano jurisdiccional, por cuanto el mismo cumple con los requisitos exigidos en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, hasta hacerse acreedor de una nueva fórmula alternativa de cumplimiento de pena, por lo que, a tenor de lo previsto en el artículo 510 Ejusdem le impone las siguientes condiciones: