DECISIÓN
En razón de las consideraciones de hecho y de derecho, antes planteadas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la reposición de la causa, al estado de librar la notificación ordenada. Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho de este Juzgado. En Maracay, a los diecinueve días del mes de enero de dos mil quince.
LA JUEZA,
MARIA ELERIDA RUIZ LA SECRETARIA
GENESIS RAMIREZ
En esta misma fecha se cumplió con la publicación de la sentencia, siendo la 3:50 p.m.
LA SECRETARIA
GENESIS RAMIREZ