Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en el articulo 341 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: INADMISIBLE la demanda por COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACIÓN), intentada por el abogado JESUS ENRIQUE CASTILLO CASTILLO, en su condición de Endosatario en Procuración de la ciudadana MARUBEN LORAINE DEL VALLE MORENO RIVERO, contra el ciudadano CARLOS JAVIER SANCHEZ GUERRA, tomando como fundamento los argumentos antes expuestos. Así se decide.-