Por todos los razonamientos antes expuestos, y con fundamento en la jurisprudencia vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua,, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: La extinción del procedimiento de jurisdicción voluntaria por pérdida de interés procesal del oferente, en la Oferta Real de Pago presentada por la entidad de trabajo denominada ENVAPRIMOL, Inscrita en el Registro Mercantil Primero del estado Aragua, en fecha 28-11-2012, quedando registrada bajo el Nº 16, Tomo 163-A, a favor del ciudadano RAOUL ARMAND RIVAS RIVAS, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.684.072. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.