Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PRESCRITA LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA exigida por la Dirección de Capitanías de Puerto de Maracaibo, de la Dirección General Sectorial de Transporte Acuático, adscrita al Ministerio de Transporte y Comunicaciones (hoy Instituto Nacional de los Espacios Acuáticos), a la contribuyente SERVINAVE, C,A por el pago en exceso de las Planillas de Liquidación de Derechos Fiscales Nros.; 110169, 110072, 110215, 110217, 110219, 110221, 110223, 110225, 110225 y Planillas de Derechos de Habilitaciones de Pilotaje Nros: 510, 511, 512, 513, 514, 515, 629, 630, 631, 632, 633, por un total de DOS MILLONES SETECIENTOS TREINTA MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 2.730.000,00), ahora expresados en la cantidad de DOS MIL SETECIENTOS TREINTA BOLIVARES FUERTES SIN CÉNTIMOS (Bs. F. 2.730,00).