Observa este Juzgado que cursa por ante este Tribunal otro expediente que guarda conexión con la presente causa, ya que existe identidad absoluta entre accionantes y demandantes, así como de los beneficiaros de la pretensión aducida. Dicha conexión entre ambas causas hacen posible la acumulación de las misma, de conformidad con el articulo 52 del Código de Procedimiento Civil , para ser decididas en un mismo fallo , independientemente a que una fue interpuesta por la Apoderada Judicial de la ciudadana MARIA ROSA ILANJIAN ZAN , y la otra por la Apoderada Judicial del ciudadano FERNANDO PEREZ, que son respectivamente parte actora y parte demandada por Juicios de Obligación de Manutención y de Ofrecimiento de Manutención respectivamente, en beneficio de los Adolescentes, (Cuya identificación se omite de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 65 de LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE) de dieciséis (16) y de quince (15) años de eda.....