Por todo lo antes expuesto éste Juzgado del Municipio Caripe de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte justicia y DECLARA: CON LUGAR la demanda que por Incumplimiento Parcial de Obligación de Manutención, ha incoado la ciudadana (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE), todos plenamente identificados. En consecuencia se condena al demandado FRANCISCO RAFAEL BASTARDO GARCÍA:
PRIMERO: Cancelar la cantidad CINCO MIL BOLÍVARES (BS. 5.000,°°), correspondiente a la cuota vencida y no cancelada del día 27 de Septiembre de 2013, según lo acordado en el acuerdo conciliatorio debidamente homologado por este Tribunal en fecha 14 de Agosto de 2013; y al pago de las cuotas vencidas y no canceladas hasta la fecha de la presente decisión; más los intereses moratorios devengados de s.....