V. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada LACKSHMIR ANN HAMID DE VIEIRA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 116.722, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana FLOR MARIA COVA APONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.583.482, en contra del auto dictado por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en Cagua en fecha 22 de octubre de 2008.
SEGUNDO: SE DECLARA LA NULIDAD del auto de fecha 04 de marzo de 2008 (Folios 69 al 71, y del Folios 92 al 105, del Folios 152 al 159), quedando valid.....