Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Quinto Agrario, Civil Bienes de Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, actuando en Sede Constitucional, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación planteada por la Abogada Andreina Bermúdez Millán, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana ELIZABETH BEATRIZ SUÁREZ DE ABREU, ambas plenamente identificadas en autos, contra sentencia dictada en fecha 01 de junio de 2011, por el JUZGADO DE PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia apelada. TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte demandante-apelante, por haber sido confirmada la sentencia apelada en todas sus partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. CUARTO:.....