Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 19 de diciembre de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay; y en consecuencia SE MODIFICA la anterior decisión. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JOSÉ GREGORIO AYALA, ya identificado, contra la sociedad mercantil Q-VAR, C.A., ya identificada, y en consecuencia SE CONDENA a la entidad de trabajo accionada a cancelar al demandante antes indicado la cantidad determinadas en la motiva del presente fallo. TERCERO: Se acuerdan los intereses generados por la prestación de.....