Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- COMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada Gregoriana Soto Velasco, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 49.556, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano CLAUDIO LANDER, titular de la cédula de identidad Nº V-5.529.316 contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN, en virtud del acto administrativo Nº 103, de fecha 30 de abril de 1998, emanado de la Contraloría Interna del Ministerio de Educación de Educación y Deporte hoy Ministerio del Poder Popular para la educación, mediante el cual se destituyó al querellante del cargo de Contabilista II.
2.- ADMISIBLE el recurso contencioso administr.....