DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro con Competencia Transitoria en los Estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: RATIFICA SU COMPETENCIA, para conocer la presente demanda agraria de Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesta el 21 de Junio del año 2013, por los abogados en ejercicio Luis Enrique Simonpietri Rodríguez y Wilmer José Cova Bellaville, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.215.594 y V-11.905.540, en su orden, e inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 15.419 y 71.016, respectivamente, con domicilio procesal en la Avenida Alirio Ugarte Pelayo, Centro Comercial Petroriente, Piso 2, Ala Norte, Pasillo Azul, Oficina N-43, Maturín estado Monagas, con su carác.....