declara INCOMPETENTE para conocer del Recurso interpuesto por el ciudadano ALEX MIGUEL GARCÍA AGUERO, portador de la cédula de identidad Nro. 15.439.759, asistido por los abogados OSCAR BORGES PRIM y DIURKIN BOLÍVAR LUGO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 91.625 y 97.465 respectivamente. En consecuencia se declina la competencia al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a quien le corresponda por distribución. Remítase el presente expediente. Líbrese oficio.-