En consecuencia, en virtud de todos los argumentos anteriormente planteados, este JUZGADO VIGÉSIMO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, anula todas las actuaciones ocurridas en el presente expediente desde la designación del defensor ad litem, y ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de nueva designación de Defensor Judicial a la parte demandada.. Y ASÍ SE DECIDE.-
Regístrese, Publíquese y Déjese Copia.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de mayo del año dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.-
LA JUEZ,
Abg. FLOR DE MARÍA BRICEÑO BAYONA.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,
IDALINA PATRICIA GONCALVES.-
Nicola.-