Con base a las consideraciones anteriores, este Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA RECLAMACION realizada contra la Experticia Complementaria del Fallo, presentada en fecha 10 de julio de 2013; debiendo en definitiva, pagar la parte demandada a favor del accionante, por concepto de salarios caídos, la suma de BOLIVARES CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA, CON VEINTIOCHO CENTIMOS (Bs. 188.890,28), más los que se sigan causando hasta la efectiva reincorporación de la accionante a su puesto habitual de trabajo, en los términos dictados en el fallo definitivo. Todo ello en el juicio por Solicitud de Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos, incoado por la ciudadana MARIA SAN JUAN BAPTISTA BETANCOURT contra la ent.....