Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio OMAR MORALES, en su carácter de co-apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia de fecha 10 de Octubre de 2.013 proferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en consecuencia:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda por motivo de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OBRA CIVIL interpuesta por la Sociedad Mercantil INFLOR, C.A, en contra del ciudadano MASO.....