PRIMERO: Este Juzgado de Alzada, declara SU COMPETENCIA para conocer, sustanciar, tramitar y decidir el presente Recurso Ordinario de Apelación. Y ASÍ SE ESTABLECE.-
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR, el (Recurso de Apelación) ejercido por la abogada Emmailys Carolina Brazón, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad: Nª V- 20.597.897, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado: 235.451, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSÉ MODESTO MOLINA BUSTAMANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad: Nª V- 3.296.311 CONTRA la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha diecisiete (17) de Febrero del año dos mil veinticinco (2.025). Y ASÍ SE ESTABLECE.-
TERCERO: Se acuerda Modificar la sentencia interlocutoria (decreto de la medida de protección agroalimentaria, en fecha diecisiete (17) de Febrero del año dos mil veinticinco (2.025),.....