En consecuencia este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en base a lo debatido en el presente Juicio Oral y Público, PRIMERO: ABSUELVE: al ciudadano DIDIEL JOSE GARCÍA GONZÁLEZ, titular de la Cédula de identidad Nº 13.847.664, venezolano, natural de Puerto La Cruz Estado Anzoátegui, nacido en fecha 12-11-79, de 26 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio buhonero, residenciado en: la Avenida Roosevelt, casa Nº 01, Caracas, Distrito Capital e hijo de CATALINA GONZALEZ (V) y de LUIS ALBERTO GARCIA (F), de la imputación que a través de la acusación interpuesta por la Representante del Ministerio Público, Fiscal Sexagésimo Segundo (62º) del Ministerio Público, le hiciera el Estado Venezolano, vale decir, de los cargos por considerarlo autor responsable del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y s.....