D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en Nombre de los ciudadanos y ciudadanas de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil, presentada personalmente por los ciudadanos MANUEL LEONARDO SERRANO RODRIGUEZ y ERASMA CATALINA ROBLES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.519.963 y V-5.270.572 respectivamente. En consecuencia, se declara Disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, en fecha 20 de Octubre de 1.976, anotado bajo el Nº 175.-
En cuanto a los hijos procreados, este Tribunal nada tiene que decidir al respecto, por ser mayores de edad.
En relación a la partición del bien adquirido dentro de la comunid.....