Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO de la acción de amparo constitucional interpuesta con medida cautelar innominada por los ciudadanos Luís Felipe Almeda y María Gabriela Almeda Rodríguez, titulares de la cédula de identidad Nros. 6.154.135 y 17.124.718, respectivamente, asistidos por el abogado Juan Ernesto Garantón Hernández, contra los funcionarios de la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Hatillo, Isabel Berroterán y José Eliseo Medina.