El Tribunal en vista que la transacción versa sobre derechos litigiosos y discutidos, da por concluido el presente proceso y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables al trabajador ni normas de orden público, HOMOLOGA el acuerdo de las partes, dándole el carácter y efecto de COSA JUZGADA. Igualmente se acuerda agregar a los autos, copia de la liquidación de prestaciones sociales, a través del formato denominado, "LIQUIDACIÓN-FINIQUITO-TRANSACCIÓN", carta de renuncia a LA EMPRESA, carta de renuncia al Sindicato SINTRASOLGRAF y copia fotostática del cheque recibido por EL DEMANDANTE, conjuntamente con su Apoderado. Finalmente la ciudadana Juez, ordenó la lectura íntegra de la presente Acta Transaccional quedando así los asistentes debidamente notificados de su contenido.