SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA ACCIÓN INCOADA por RAFAEL ALBERTO MAIMONE ARAUJO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 63.755, en contra de la demandada INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y ACUICULTURA (INSOPESCA), representada por sus apoderados judiciales JAIME BISBAL GIRALDELLI, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 47.994, e inscrita en el Inpreabogado ISAMIR PIERINA GONZALEZ NIÑO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 124.455. En consecuencia, SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Así se decide.