Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Noveno Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
-ÚNICO: Consumada de pleno derecho la PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medida amparo constitucional cautelar y subsidiariamente con medida innominada de suspensión de efectos por el abogado Carlos David Nunes Gomes, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 154.75, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ABASTO EL JARDÍN DEL VALLE S.R.L., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 03 de septiembre de 2004, bajo el N° 54, Tomo 129-A-Pro., contra la SUPERINTENDENCIA MUNICIPAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DEL MUNICIPIO BOLIVARIAN.....