Este TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN TANTO PARA EL NUEVO RÉGIMEN COMO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA CON SEDE EN LA VICTORIA, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, en ejercicio de normas constitucionales previstas en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y de las normas establecidas en los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara: Se imparte la HOMOLOGACIÒN al desistimiento presentado mediante diligencia por el ciudadano AGUSTIN SANCHEZ QUIRPA, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.799.648, debidamente asistido de abogado en el procedimiento que por OTRAS INCIDENCIAS, incoara contra la entidad de trabajo IVECO VENEZUELA, C.A., en virtud de que no es contrario a derecho ni vulnera normas de orden público, dándole efecto de COSA JUZGADA. Así se decide.-
LA JUEZA,
ABG. LILIANNETTE W.....