DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO formulada por la ciudadana: EVERYN KATIUSKA OJEDA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-18.180.580; contra el ciudadano: MIODRAG RODRIGUEZ KRISKO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.983.543.
SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Aguas Calientes, Municipio Diego Ibarra del Estado Carabobo, en fecha 23 de Diciembre del año 2009, según consta en acta de matrimoni.....