Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre e la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley NIEGA la reposición de la causa solicitada por la Abg. ANA MARIA CAMACHO TORREALBA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.168.681, Inpreabogado N° 85.675, en su carácter de apoderada judicial de la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE), por considerarla inútil, no obstante se acuerda el diferimiento de la audiencia oral y pública para las diez de la mañana 10:00 a.m., del cuarto (4°) día de despacho siguiente a que conste en autos la notificación y recepción del oficio correspondiente a la Procuraduría General de la República, con el cual se remitirán anexas copias certificadas de todo el expediente incluyendo el libelo, el auto de admisión y de los informes prese.....