Visto el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por los abogados Maria Isabel Chirinos y Leonardo Padrón Correa, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 167.402 y 37.070, respectivamente, apoderados judiciales de la ciudadana TRINIDAD BETANCOURT MATA, titular de la cédula de identidad N° 3.805.335, contra la Resolución 003/2011, de fecha 01 de Marzo de 2011, emanada del DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS Y PRESIDENTE DEL FONDO DE PREVISIÓN SOCIAL DE REGISTRADORES MERCANTILES Y NOTARIOS PÚBLICOS, entes adscritos al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA, este Órgano Jurisdiccional lo ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 98 y 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Procédase a la citación de la Procuradora General de la República, a fin de dar contestación a la presente querella en un lapso de Quince (15) días de despacho sig.....