Se declara CON LUGAR el DIVORCIO con base al artículo 185-A del Código Civil, de los ciudadanos ODALIS JOSEFINA URRUTIA GÓMEZ y DANIEL JOSÉ LÓPEZ BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros V-13.864.222 y V-10.184.410 respectivamente, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Valle del Municipio Libertador, Caracas, en fecha 17/10/2002, según Acta N° 100 de esa misma fecha y ASI SE DECIDE.