Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en el presente recurso de nulidad interpuesto por la abogada Haideé D’ Elias inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 24.360, actuando en su condición de apoderada judicial de la ciudadana Nayibe Peñaranda Villarreal, titular de la Cédula de Identidad No. 10.539.224, contra el acto administrativo contenido en la Resolución No. DS-00152/09-12 dictada en fecha 13 de mayo de 2014, por la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat.