DECISIÓN
En fuerza de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara "CON LUGAR", la solicitud de divorcio interpuesta por los ciudadanos: ASTRID MARIA PACHECO DE CALVO y FREDIS ENRIQUE CALVO QUIROZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V- 15.133.292 y V-22.545.189, respectivamente, asistidos por la Apoderada Judicial HELY ZULAY SALAS TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro 253.075, Como consecuencia de la declaratoria anterior, queda disuelto el vínculo matrimonial que unía a los cónyuges en virtud del matrimonio civil celebrado el Veintiocho (28) de Octubre de 1994, contrajeron matrimonio civil, por ant.....