Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en la pretensión contenida en la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara la sociedad mercantil FERREHIERRO PUERTO ORDAZ, C.A., contra los ciudadanos GUILLERMO BANQUEZ DEL TORO y ELSA ISABEL ALMARIO DE BANQUEZ, ampliamente identificados al inicio de esta decisión, DECLARA: SIN LUGAR la Cuestión Previa contenida en el ordinal 2do del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, de ilegitimidad de la persona del actor, por no tener la capacidad necesaria para comparecer en juicio, promovida por los codemandados