Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano GONZALO JOSE CAMPO SOLORZANO, titular de la cedula de identidad N° V-16.537.888 Venezolano, de estado civil SOLTERO, de 44 años de edad, nacido en fecha 24-09-1974, natural de BARRIOS LAS MERCEDEZ CALLEJON CUATRO Y MEDIO NUMERO DE LA CASA 25, EN VILLA DE CURA ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de CINCO AÑOS DE PRISION, mas las penas accesorias previstas en el Código Penal, por la comisión del delito de ASALTO A TRANSPORTE PUBLICO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el Artículo 357 Tercer aparte en relación con el Articulo 80 ambos del Código Penal Venezolano vigente para la fecha en que .....