Oídas las exposiciones de las partes, revisadas las actuaciones que conforman la causa N° 2C-36.984-17; este Tribunal Segundo en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Acordar por estimar ajustado a derecho, la petición de plazo prudencial, incoada por las abogadas ABG. HENRY PAUL CABALLERO , en su condición de defensoras del ciudadano ROJAS BELISARIO XAVIER ALEJANDRO titular de la cedula de identidad N° V-16.076.65, en consecuencia de ello, se otorga a la Representación Fiscal el lapso de TREINTA (30) DIAS, para que presente el acto conclusivo el día LUNES 20 DE SEPTIEMBRE DEL 2021 que ha bien tenga, en la cusa seguida al referido ciudadano, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 296 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se acuerda el CESE DE LAS PRESENTACIONES, acordadas en su oportunid.....