V
DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala Nº 6 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Circunscripción Judicial Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Revisión interpuesto en fecha 11 de Enero de 2006, conforme al artículo 470, ordinal 6º del Código Orgánico Procesal Penal, por el Defensor Público Centésimo Séptimo Penal del Area Metropolitana de Caracas, Abogado JORGE OJEDA SGAMBATTI, en su carácter de defensor del penado JOAO DE GOVEIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 470, numeral 6º del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la sentencia proferida por el Juzgado Cuadragésimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 05 de Mayo de 2003, en contra del prenombrado penado, donde lo condenó a cum.....