Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por la ciudadana ROSALÍA BERROTERAN, asistida por el abogado JOSÉ PILAR BOTOMO LUCES, antes identificados, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 112-134, de fecha 7 de julio de 2005, suscrita por el ciudadano Gobernador del Estado Miranda, el cual se ANULA.
SEGUNDO: Se Ordena la reincorporación de la querellante al cargo de Sub-Directora de la U.E "Los Velásquez", así como el pago de los sueldos y demás beneficios dejados de percibir desde la fecha de su retiro, hasta su efectiva reincorporación a ese organismo.
TERCERO: Se niega la solicitud de condenatoria en costas.